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AYUDAS A EMIGRANTES ESPAÑOLES RETORNADOS
Enviado el Miércoles, 23 febrero a las 07:56:52 por Webmaster

Ayudas para emigrantes retornados El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales publica en el BOE del día 22 de febrero de 2005 una relación de ayudas a favor de los emigrantes españoles y retornados. Estas ayudas se recogen en 13 programas de actuación en los que se tratan ayudas de carácter asistencial, de integración sociolaboral y orientación profesional, ayudas de promoción educativa y cultural, así como ayudas a favor de instituciones y asociaciones, entre otras.



PROGRAMA 1: Ayudas asistenciales extraordinarias para emigrantes retornados.
OBJETO:

Ayudar a sufragar los gastos derivados tanto del hecho del retorno a España, y cuando exista situación de precariedad en el momento de solicitud de la ayuda.
No se consideran como gastos ni los pasajes de vuelta a España, ni los gastos del traslado de muebles y enseres.

BENEFICIARIOS Y SOLICITANTES:

Emigrantes retornados que acrediten haber trabajado en el exterior al menos un año con nacionalidad española. En caso de fallecimiento del emigrantes podrán formular la solicitud la viuda o el/los huérfanos en los 2 años siguientes a dicha situación y cuando acrediten el periodo laboral.

PROGRAMA 2:Ayudas para facilitar la integración laboral de los retornados.

OBJETO:

Facilitar la integración laboral de los emigrantes españoles retornados, propiciando, a través de ayudas económicas el que puedan establecerse como trabajadores autónomos, o como socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado, o de sociedades laborales.

BENEFICIARIOS Y SOLICITANTES:

-Emigrantes españoles retornados desempleados e inscritos en las oficinas del INEM en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda o en los 6 meses anteriores a ésta que hayan trabajado, al menos, 12 meses en el exterior desde la última salida de España.
En el caso de aquellas personas que hayan obtenido o recuperado la nacionalidad española deberá acreditarse que el citado periodo de trabajo es posterior a la obtención o recuperación de la nacionalidad.
-A efectos de este programa se pierde la condición de emigrante retornado , a pesar de no haber transcurrido 2 años de la fecha de retorno, cuando se ha logrado la incorporación al mercado de trabajo durante al menos 12 meses continuados, o cuando el trabajo realizado tras el retorno haya generado el derecho a la percepción de prestación contributiva de desempleo durante al menos 4 meses.

PROGRAMA 3:Ayudas para el desarrollo de acciones de información socio-laboral y orientación en favor de los españoles emigrantes y retornados.

OBJETO:

Facilitar la inserción socio-laboral de los emigrantes y retornados españoles mediante el desarrollo de acciones de información, orientación y asesoramiento.

BENEFICIARIOS Y SOLICITANTES:

Instituciones o entidades españolas o extranjeras, públicas o privadas, con sede en España o en el exterior, que desarrollen actividades en favor de emigrantes y retornados españoles mediante el desarrollo de acciones de información, orientación socio-laboral y asesoramiento.

PROGRAMA 4: Ayudas destinadas a promover la participación de emigrantes y de retornados españoles en programas de formación para el empleo.

OBJETO:

Facilitar la inserción en el mercado de trabajo o la promoción profesional de emigrantes y de retornados españoles, tanto en España como en el exterior, mediante actividades de formación.

BENEFICIARIOS Y SOLICITANTES:

Podrán solicitar estas ayudas las entidades con sede en España o en el exterior que realicen actividades objeto de este programa. Los centros de formación profesional radicados en España, deberán estar debidamente homologados.
Podrán beneficiarse de las acciones los emigrantes y retornados españoles, así como familiares a su cargo.

PROGRAMA 5:Ayudas para facilitar la libre circulación de trabajadores y su inserción laboral .

OBJETO:

El objeto es desarrollar acciones que permitan a los trabajadores la obtención de un puesto de trabajo o el perfeccionamiento de sus conocimientos profesionales o lingüísticos, así como la adquisición de una experiencia laboral en el ámbito de los países del Espacio Económico Europeo.

BENEFICIARIOS Y SOLICITANTES:

Podrán beneficiarse los españoles residentes en España o en el exterior y los nacionales miembros de un país del Espacio Económico Europeo o de Suiza que residan en España.

PROGRAMA 6: Ayudas para la promoción educativa en el exterior y becas "Reina Sofía" para la realización de estudios universitarios y de postgrado.

OBJETO:


Facilitar la promoción educativa a los emigrantes españoles, sus cónyuges e hijos que residan fuera de España y que, careciendo de medios económicos para trasladarse a España, deseen cursar estudios universitarios en nuestro país.

BENEFICIARIOS Y SOLICITANTES:

-Emigrantes españoles residentes en el exterior que hayan realizado una actividad laboral de 1 año, como mínimo, anterior a la presentación de la solicitud.
- Sus cónyuges e hijos que residan fuera de España y tengan la nacionalidad española.
-Los huérfanos de emigrantes que posean la nacionalidad española y que residan en el país de acogida.
-Siempre que conserven la nacionalidad española podrán solicitar la renovación de la beca todos aquellos que hayan sido beneficiarios durante el curso anterior.

PROGRAMA 7:Ayudas para la participación en viajes culturales y en colonias de vacaciones, albergues y campamentos.

OBJETO:


Facilitar a los descendientes de españoles, residentes en el exterior, el contacto con la realidad española mediante la participación en viajes culturales o colonias de vacaciones, albergues y campamentos organizados en España.

BENEFICIARIOS Y SOLICITANTES:

Podrán acogerse a este programa los descendientes de españoles, en primer y segundo grado, que residan en el país de emigración y conserven la nacionalidad española, deben estar comprendidos en unos determinados intervalos de edades, dependiendo del tipo de actividad.

PROGRAMA 8: Ayudas a instituciones para actividades asistenciales y culturales.

OBJETO:


Facilitar la realización de programas asistenciales y culturales que tengan por objeto la asistencia y promoción socio-cultural de los emigrantes españoles.

BENEFICIARIOS Y SOLICITANTES:

-Federaciones de asociaciones o centros españoles en el exterior, con carácter estatal o supranacional, así como entidades que apoyen la promoción de los emigrantes españoles.
-Asociaciones y centros españoles en el exterior con un mínimo de 50 asociados españoles. Las asociaciones podrán presentar una solicitud conjunta para alcanzar el número mínimo exigido.
-Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar radicadas en el extranjero, estar legalmente constituídas, figurar en el censo de instituciones de la Dirección General de Ordenación de las Migraciones y tener debidamente justificadas las ayuidas económicas recibidas previamente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

PROGRAMA 9: Ayudas para suscripciones a publicaciones con destino a centros y asociaciones de emigrantes.

OBJETO:

Que los emigrantes españoles mantengan los vínculos con España mediante la recepción y lectura de publicaciones destinadas, total o parcialmente, a ellos.

BENEFICIARIOS Y SOLICITANTES:

Asociaciones o centros españoles en el exterior, miembros del consejo general de la emigración e instituciones de carácter asistencial que acojan un número significativo de emigrantes españoles.

PROGRAMA 10 Ayudas a instituciones radicadas en el exterior para obras y equipamiento.

OBJETO:

Contribuir a la mejora de instalaciones o a la adquisición de equipos de las instituciones o entidades que asistan social, sanitaria o culturalmente a los emigrantes españoles.

BENEFICIARIOS Y SOLICITANTES:


-Federaciones de asociaciones o centros españoles en el exterior, con carácter estatal o supranacional.
- Asociaciones y centros españoles con un mínimo de 50 asociados españoles.
-Instituciones de carácter asistencial destinadas a españoles emigrantes.
Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar radicadas en el extranjero, estar legalmente constituidas, figurar en el censo de instituciones de la Dirección General de Emigración y tener debidamente justificadas las ayudas económicas recibidas previamente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

PROGRAMA 11: Ayudas para viajes a España de emigrantes mayores.

OBJETO:


Facilitar el reencuentro con España a los emigrantes españoles mayores.

BENEFICIARIOS Y SOLICITANTES:

-Mayores de 65 años residentes en el exterior.
-Pensionistas de jubilación, invalidez o viudedad, con más de 60 años de edad, del sistema de seguridad social español o de cualquier otro país, incluidos los beneficiarios de pensión asistencial por ancianidad.
-Cónyuges que convivan con los beneficiarios y quienes no estando casados convivan como tales siempre y cuando hagan el viaje junto con el titular. Se admitirá como acompañante un hijo/a con discapacidad que tenga un grado de minusvalía igual o superior al 45% siempre que viaje con sus padres y ocupe una cama supletoria en la misma habitación del hotel.

PROGRAMA 12: Ayudas para la integración social de emigrantes y retornados mayores.

OBJETO:


Mediante el apoyo a la creación o mantenimiento de centros de acogida favorecer la integración de los españoles mayores retornados o que no pertenezcan a la población activa.
Mediante el apoyo a la creación o mantenimiento de centros de día y residencias de mayores mejorar las condiciones de vida de los emigrantes mayores en el exterior.

BENEFICIARIOS Y SOLICITANTES:

Pueden solicitar estas ayudas los Centros de día y residencias de mayores, así como las instituciones que acojan a emigrantes retornados mayores y que carezcan de medios para subsistir por sí mismos, siendo estos los beneficiarios.

PROGRAMA 13: Ayudas para el desarrollo de proyectos concretos en el ámbito migratorio.

OBJETO:


Subvencionar la realización de estudios de investigación orientados al conocimiento de la problemática de los emigrantes españoles y retornados. Subvencionar actividades concretas en favor de emigrantes y retornados españoles.

BENEFICIARIOS Y SOLICITANTES:

podrán solicitar y ser beneficiarios las personas físicas o entidades públicas o privadas, españolas o extranjeras con fines asistenciales, sociales, informativos, culturales o educativos.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
- Para los programas 1 y 2: del 23 de febrero al 31 de octubre de 2005.
- Para el programa 13: del 23 de febrero al 31 de mayo de 2005 inclusive.
- Para los programas 7 y 11 se establecerá por Resolución del Director General de Emigración.
- Para el resto de los programas: del 23 de febrero al 30 de abril inclusive.

PARA MÁS INFORMACIÓN CONSULTAR EL BOE DEL 22 DE FEBRERO DE 2005.










 
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